


Derogación de la reforma: Melella claudicó porque la ley se lo exige
El Gobierno de Tierra del Fuego finalmente oficializó la Ley 1626, derogando de manera definitiva la polémica declaración de necesidad de reforma parcial de la Constitución provincial enmarcada en la Ley 1529.
Aunque desde el entorno oficialista se intentó matizar el desenlace como una decisión estratégica o de consenso político, la realidad es menos decorosa. El gobernador Gustavo Melella firmó la promulgación, acorralado por los plazos institucionales y sin el más mínimo margen de maniobra discrecional.
Lejos de tratarse de un acto voluntario de sensatez o escucha democrática, la rúbrica del mandatario responde pura y exclusivamente a la obligación constitucional de cumplir el mandato de la Legislatura.
Tras la sanción parlamentaria que liquidó el proyecto reformista, al Ejecutivo no le quedaba otra alternativa legal que instrumentar la voluntad de los legisladores, desmantelando así una aventura política que nació cuestionada y terminó en un rotundo fracaso político.
El trasfondo jurídico es contundente: cualquier intento de dilatar o cajonear la publicación de la norma en el Boletín Oficial habría colocado a Melella de forma directa bajo la tipificación del artículo 428 del Código Penal.
Dicha figura castiga de manera explícita a los funcionarios públicos que se nieguen a cumplir u omitan deliberadamente la ejecución de las leyes cuyo cumplimiento les incumba, un escenario judicial que el oficialismo no estaba dispuesto a arriesgar tras el persistente desgaste de la iniciativa.
Con la entrada en vigencia de la derogación, el costoso y controvertido proceso que pretendía alterar la Carta Magna fueguina queda sepultado por completo. La claudicación forzada del gobernador no hace más que ratificar que las instituciones locales impusieron un límite al personalismo, obligando al Ejecutivo a subordinarse al ordenamiento penal vigente en lugar de estirar una agonía política que ya no tenía sustentabilidad alguna.






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