
Milei prorrogó la suspensión de contrataciones de personal en el Estado

El gobierno de Javier Milei ordenó prorrogar por otro año más la suspensión de las contrataciones en la Administración Pública Nacional, luego de que se venciera el decreto firmado en 2024 y que rigió durante el 2025. Sin embargo, la medida llega con cambios.
Con la firma del presidente y del ministro de Interior, Diego Santilli, este viernes se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 934/2025 que extiende por otro año la prohibición de designaciones en el ámbito de la administración nacional, con el objetivo de avanzar hacia un Estado “eficiente, eficaz y de calidad, apropiado a las nuevas estructuras organizativas y dentro de los límites impuestos por un gasto público adecuado al mantenimiento del equilibrio fiscal”.
La nueva normativa alcanza, en primer término, a las ‘designaciones a término’ en las ‘Plantas Transitorias’ previstas por el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorias.
También establece la prohibición de contratación previstas en el artículo 9° del Anexo a la Ley 25.164, conocida como Ley Marco del empleo público y su reglamentación, aprobada por el Decreto 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios.
De igual manera, el decreto suspende las contrataciones “por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual” que se encuentran previstas en los artículos 90, 92 ter, 93 y 99, respectivamente, de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744.
El alcance de la normativa suscrita este viernes por Milei y Santilli abarca también a las contrataciones destinadas a “la prestación de servicios profesionales autónomos” que se encuentran previstas por el Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017; las designaciones transitorias en cargos simples de la planta permanente; y aquellas que involucran a personal con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad, previstas en estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.
» Los cambios
El decreto que rigió hasta el 1 de enero del 2026 establecía que, para las designaciones o contrataciones, las áreas involucradas podían incorporar a una persona por cada tres bajas de personal. En esta oportunidad, se mantendrá el requisito, pero con un ligero cambio.
“Las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional comprendidas en el artículo 1° del presente podrán disponer únicamente, para las designaciones o contrataciones no comprendidas en el artículo 2°, de un (1) alta en el supuesto de que informe dos (2) bajas de personal”, cualquiera fuera la causal.
En ese caso, mencionan casos de “renuncia, jubilación, desvinculación, cancelación de las designaciones transitorias” en “cargos simples de Planta Permanente y en las Plantas Transitorias”, o por “conclusión o rescisión del contrato que se hubiesen producido durante el año 2026”.
El decreto exceptúa de la suspensión a las designaciones en las universidades; en el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego y en el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud, como también en el Servicio Penitenciario Federal y en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, aunque queda excluido su personal civil.




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